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jueves, 3 de mayo de 2007

10 Preguntas frecuentes sobre los Derechos del Consumidor

Estas son 10 preguntas que me realizan frecuentemente relacionadas con: telefonía, garantías, precios, productos que funcionan mal, ventas compulsivas, ofertas, etc. Aquí van las preguntas y las respuestas.

1- Si se tengo algún problema con la línea de teléfono de mi casa ¿A quién reclamo?

Siempre hay que reclamar primero en la empresa que tiene 15 días para resolver. Recordá pedir un número de reclamo. Luego, podés enviar tu queja a la Comisión Nacional de Comunicaciones y estos deberían intimar a la empresa, sin embargo, no están trabajando con eficacia. ¿Y si no lo resuelven? Podés pedir ayuda en las Asociación de consumidores o hacer una presentación en la justicia.


2- Se me rompió un electrodoméstico que compré hace un mes pero la empresa no me reconoce la garantía.

Todos los productos no consumibles tiene una garantía legal de 3 meses. Es obligatoria por que la ley 24.240 así lo establece.
La ley hace solidariamente responsables a toda la cadena, por lo tanto, ni el vendedor, ni el productor, ni el fabricante ni el impotador pueden hacerse los desentendidos durante ese lapso.

3- Mandé un electrodoméstico a arreglar y lo tienen desde hace 1 mes. ¿Existe algo legal que diga en cuánto tiempo deber arreglarlo?

La ley sólo establece que el tiempo que el producto esté en el service debe sumarse a los 3 meses de garantía. Por lo tanto, si estuvo 15 días, tendré 3 meses más 15 días de garantía legal.
No hay nada en la ley que diga en cuánto hay que arreglar un producto. Sin embargo, si lo considerás excesivo podés consultar en Defensa del Consumidor o en alguna Asociación de consumidores.

4- Subieron los alimentos en el supermercado ¿Qué puedo hacer?

Los precios de los productos (salvo algunas excepciones como los 12 cortes de carne y los del convenio con el Gobierno) no están regulados, por lo tanto, no hay mucho por hacer.
Pero si viste una oferta en un medio de comunicación o un cartel y no se cumple podés hacer una denuncia en Defensa del Consumidor.

5- Subió la cuota del colegio de mi hijo ¿Puedo quejarme?

Las cuotas de los colegios no están reguladas, pero deben respetar el contrato anual pactado. Por lo tanto, los aumentos deben ser coherentes con los aumentos de los costos, por ejemplo: el aumento a los docentes que otorgó el gobierno. Podés pedir a la escuela que explique el aumento a través de su estructura de costos y si considerás que es injustificado hacer una denuncia.

6- Compré un desodorante en aerosol pero no funciona ¿Qué hago?

La mayor parte de los productos de cuidado personal traen un 0800 de servicio de atención al cliente que en general funcionan muy bien. Llamá y seguramente pasen por tu domicilio a cambiarlo. Sino, podés hacer el reclamo en Defensa del Consumidor.

7- Me enviaron una tarjeta de crédito o una revista del cable que no solicité. Me dicen que sino la quiero debo llamar yo para que no la envién más o para que me la retiren. ¿Esto es legal?

La ley de defensa del consumidor prohíbe las ventas compulsivas. Nadie puede enviarte nada a tu casa sin que lo hayas solicitado y que seas vos el encargado de devolverlo. Debés hacer la denuncia en Defensa del Consumidor.

8- Vi una oferta en el diario y cuando llegué al negocio ya no había más

Las ofertas deben tener: fecha de inicio y cierre y cantidad de stock disponible. Está prohibido el “hasta agotar stock”. Debe decir: “hasta agotar stock de 100 unidades”.

9- Me compré una remera, y al primer lavado se destiño, pero no guardé la factura ¿qué hago?


Siempre hay que conservar la factura para hacer un reclamo. Pero hay otras maneras de demostrar la compra: por ejemplo el comprobante de la tarjeta de crédito. Por eso, siempre hay que exigir la factura.

10- Compré un aire acondicionado para mi empresa. Ahora que tengo un problema: ¿Puedo hacer un reclamo en defensa del Consumidor?

La ley de defensa del consumidor actual sólo proteger al consumidor final. Por eso, deberás ir a la justicia.
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Datos útiles:
Subsecretaría de Defensa del Consumidor: 0800 666 1518
Tribunaes Arbitrales de Consumo: 4349 4168/72/75
Asociaciones de consumidores: en los links

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domingo, 18 de febrero de 2007

LOS ELECTRODOMÉSTICOS Y LAS GARANTÍAS


Cuando un electrodoméstico deja de funcionar nos acordamos de la garantía.
Pero: ¿cuánto duran y a quién debo reclamar?
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Lo primero que hay que saber es que:
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Todos los electrodomésticos comprados en cualquier comercio de todo el país tienen una garantía legal de 3 meses.
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La garantía legal cubre el servicio técnico y los repuestos nuevos. Además del flete y seguros para el traslado al servicio técnico.
El tiempo que dure la reparación deberá agregarse a la duración de la garantía original. Esto quiere decir que si estuvo en el servicio técnico 10 días, la garantía legal durará 3 meses y 10 días.
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Recordá que:
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Siempre hay que conservar la factura y el certificado de garantía.
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El servicio técnico debe entregarte un certificado de reparación donde debe constar: Qué fue lo que se reparó, las piezas reemplazadas o reparadas, la fecha en que le entregaste el electrodoméstico, y la fecha de la devolución.
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En el caso de que una vez arreglado no haya quedado en condiciones óptimas para su funcionamiento, podés pedir que:
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- Te cambien el producto por uno similar- Pedir la devolución del dinero
- Obtener una quita proporcional del precio para comprar otro producto
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Si la garantía dura más de 3 meses no olvides que:
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Los primeros 3 meses es la garantía legal con todos los derechos explicados anteriormente. El resto del tiempo que ofrece el certificado de garantía puede o no tener la misma cobertura. Esto depende de lo que diga el contrato.
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Las “garantía extendida” son las extensiones que pagamos aparte. Generalmente, es un seguro de garantía.
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Por lo que ante algún inconveniente, además del servicio técnico y del comercio, estará involucrada una empresa aseguradora a la que habrá que reclamar. Al igual que en el caso anterior, hay que tener en cuenta que esta garantía puede o no incluir los repuestos y fletes; y el cambio por un producto nuevo en caso de no estar conforme con el arreglo (según lo que diga en el contrato).
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Si comprás un producto de “segunda selección”, sus defectos deben ser informados en el momento de la compra y no tendrán relamo posterior.
Pero todo lo que no hubiera sido informado al momento de la compra está cubierto con la garantía legal.
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Para tener en cuenta:
Los productos comprados a particulares no están dentro de la ley de Defensa del Consumidor, por lo tanto, no tienen la garantía legal.(Para reclamos deberá consultar a un abogado).
Si el vendedor te dice que ellos no son responsables de la garantía debes tener en cuenta que:
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La ley de Defensa del Consumidor establece que el productor, importador, distribuidor y vendedor son solidariamente responsables por el producto.
Por lo tanto:¡No aceptes ninguna excusa!
Subsecretaría de Defensa del Consumidor 0800 666 1518

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