martes, 27 de marzo de 2007

AUMENTO DE PRECIOS: ¿Qué puede hacer el consumidor?

Todos los días, salen en los diarios los aumentos de precios de diferentes rubros: carne, pescado, colegios, alquileres, etc.La pregunta siempre son las mismas: ¿Por qué aumenta todo? y ¿Qué puede hacer el consumidor frente a los aumentos?
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Antes de intentar responderlas hay que aclarar algunas cosas:
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- Los precios de nuestro mercado son libres, salvo los acordados como el combustible, algunos cortes de la carne y una cantidad determinada de productos (algunos alimentos, determinados productos de la canasta escolar y varios medicamentos, entre otros). Los productos fuera del acuerdo tuvieron grandes aumentos.
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- La ley de defensa del consumidor no regula el aumento de precios.
- El precio de los alquileres también es libre. Pero una vez que se realizó el contrato no pueden cambiar las condiciones pactadas.
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- Los últimos aumentos en prepagas y colegios fueron acordados con el Estado provincial y nacional.
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- El Gobierno sacó a relucir la ley de Abastecimiento de 1974 con la que puede “castigar” con clausuras, multas y cárcel a quienes no cumplan con los precios máximos, en el caso de imponerlos. Es muy polémica y no tuvo buenos resultados en pasado.
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- Los precios de los servicios públicos son los únicos regulados.
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Por qué aumentan las cosas: Algunas de las respuestas:
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- Aumentaron los costos
- Aumentó la demanda de estación (turismo, pescado por Semana Santa, etc)
- Hay poca oferta porque toda va para la exportación
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¿Qué puede hacer el consumidor?
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Los consejos de siempre:
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- Dejar de comprar lo que aumenta: Es necesario hacer un cambio cultural. Hasta ahora la ciudadanía no dejó de consumir por que se aumentó un producto. Ejemplo: Mientras se pueda pagar, se come carne. A lo sumo, se eligen cortes más económicos.El cambio debe ser de la sociedad en su conjunto: el que puede y el que no puede pagar deben pensar en cómo reemplazar el pescado para Semana Santa cuando aumenta por las nubes y sin justificativo. (Por ahora, culturalmente, estamos lejos de esta posibilidad)Por otro lado, hay cosas que no podemos limitarnos: alquileres.En cuanto a las prepagas, a medida que aumentan menos ciudadanos pueden acceder a ella: Por lo tanto, se cambia de plan, luego de empresa, y como en la crisis, se vuelve al sistema público.
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- Buscar precios:No todos tienen el tiempo para ir a comprar al Mercado Central. Además, los que viven lejos necesitan de un auto para luego poder llevarse la mercadería.Tampoco el Mercado Central es una opción para una persona del interior del país. Quien tiene auto tiene más posibilidades para elegir, pero esta opción no sirve para las personas más humildes.
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Qué se puede denunciar:
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-Los aumentos en cualquier contrato que no prevea aumentos, como intereses bancarios, etc.
-Los productos que en góndola dicen un precio y en la caja dicen otro.
-Los productos que son ofertados en una publicidad con un precio y luego en el comercio tienen otro o dicen que se agotó el stock. El estado comprobará cuál era el stock real.
-Los aumentos en los colegios que se crean injustificados (sobre todo en los que están subvencionados).
-Los gastos que no fueron informados al momento de la compra.
-Los intereses que no fueron informados en la contratación.
-Las obras sociales y prepagas que no cumplan con el Plan Médico Obligatorio.-Los comercios que redondean el vuelto a su favor.
-Los productos que no cumplen las normas de higiene y seguridad.
-Los acuerdos de precios, que aunque son voluntarios, fueron firmados para cumplirse.
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Donde denunciar:
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Subsecretaría de Defensa del Consumidor: 0800 666 1518Superintendencia de Servicios de Salud (Para Obras sociales) 0800 222 72583
Unión Argentina de Inquilinos: 4382 3319/ 0568

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miércoles, 21 de marzo de 2007

PROPIETARIOS E INQUILINOS


La Dra. Diana Sevitz es Mediadora de Propiedad Horizontal y Árbitro de los Tribunales Arbitrales de Consumo nombrada por la Asociación Consumidores Argentinos.
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¿Cuáles son hoy los problemas más comunes entre propietarios e inquilinos?
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La falta de comunicación con los administradores y el desconocimiento de los derechos y deberes de los propietarios. También la falta de mantenimiento edilicio.En cuanto a los inquilinos, un problema muy común es el pago de expensas extraordinarias.
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¿Cuál sería la mejor solución para resolverlos?
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Siempre a través de capacitación para que tengan forma de defenderse. Si no hay que recurrir a métodos alternativos de resolución de disputas, como por ejemplo mediación y arbitraje¿Qué tipo de problemas son los más comunes con respecto a los administradores.
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¿Qué solución propone?
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Muchas veces no son claras las liquidaciones de expensas o no se llama regularmente a asambleas ordinarias.La solución es que ambas partes, tanto propietarios como administradores, deben estar bien capacitados. Los propietario deben saber pedir lo que necesitan y los administradores escuchar y solucionar los temas del edificio.
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-¿Qué puede hacer un propietario que compra un inmueble nuevo con vicios de construcción?
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Una vez que los detecta tiene 60 días para notificar al vendedor de la existencia de los mismos y luego reclamar judicialmente
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Más datos:

- El plazo mínimo para alquileres con destino a vivienda (con o sin muebles) es de 2 años. Pero a partir de los 6 meses, el locatario puede rescindir el contrato. Para eso debe notificar en forma fehaciente con una antelación mínima de 60 días. Si lo hace en el primer año, deberá pagar como indeminización un mes y medio de alquiler. Durante el segundo año, la indemnización será de un mes por el mismo concepto.
- Existe un Registro Obligatorio para Administradores de Consorcios en el Gobierno de la Ciudad de Bs As .
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Teléfonos útiles
Tribunales Arbitrales de Consumo: 4349 4172 al 5 Julio A. Roca 651 pb: Ciudad de Bs As
Unión Argentina de inquilinos: 4382 3319/ 0568 Talcahuano 291, p4 Ciudad de Bs As.
www.inquilinos.org.ar
Cámara de Propietarios: 4342 7249 Av de Mayo 822 p4 of4 www.capra.com.ar

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PROPIETARIOS E INQUILINOS


La Dra. Diana Sevitz es Mediadora de Propiedad Horizontal y Árbitro de los Tribunales Arbitrales de Consumo nombrada por la Asociación Consumidores Argentinos.
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¿Cuáles son hoy los problemas más comunes entre propietarios e inquilinos?
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La falta de comunicación con los administradores y el desconocimiento de los derechos y deberes de los propietarios. También la falta de mantenimiento edilicio.En cuanto a los inquilinos, un problema muy común es el pago de expensas extraordinarias.
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¿Cuál sería la mejor solución para resolverlos?
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Siempre a través de capacitación para que tengan forma de defenderse. Si no hay que recurrir a métodos alternativos de resolución de disputas, como por ejemplo mediación y arbitraje¿Qué tipo de problemas son los más comunes con respecto a los administradores.
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¿Qué solución propone?
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Muchas veces no son claras las liquidaciones de expensas o no se llama regularmente a asambleas ordinarias.La solución es que ambas partes, tanto propietarios como administradores, deben estar bien capacitados. Los propietario deben saber pedir lo que necesitan y los administradores escuchar y solucionar los temas del edificio.
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-¿Qué puede hacer un propietario que compra un inmueble nuevo con vicios de construcción?
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Una vez que los detecta tiene 60 días para notificar al vendedor de la existencia de los mismos y luego reclamar judicialmente
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Más datos:

- El plazo mínimo para alquileres con destino a vivienda (con o sin muebles) es de 2 años. Pero a partir de los 6 meses, el locatario puede rescindir el contrato. Para eso debe notificar en forma fehaciente con una antelación mínima de 60 días. Si lo hace en el primer año, deberá pagar como indeminización un mes y medio de alquiler. Durante el segundo año, la indemnización será de un mes por el mismo concepto.
- Existe un Registro Obligatorio para Administradores de Consorcios en el Gobierno de la Ciudad de Bs As .
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Teléfonos útiles
Tribunales Arbitrales de Consumo: 4349 4172 al 5 Julio A. Roca 651 pb: Ciudad de Bs As
Unión Argentina de inquilinos: 4382 3319/ 0568 Talcahuano 291, p4 Ciudad de Bs As.
www.inquilinos.org.ar
Cámara de Propietarios: 4342 7249 Av de Mayo 822 p4 of4 www.capra.com.ar

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martes, 20 de marzo de 2007

Entrevista al Director de Comercio de la Prov. de Bs As


El Dr. Marcelo Coppola es el Director de Comercio de la Provincia de Buenos Aires quien tiene a su cargo, entre otros, el Departamento de Orientación al Consumidor. Antes de ingresar a la función pública, Coppola integró la Asociación de Consumidores Cruzada Cívica.
En un año electoral: ¿Cómo afecta la política la defensa de los consumidores?
Nuestra Dirección no hace diferencias políticas o partidarias y buscamos la colaboración y trabajo conjunto entre la Provincia y los Municipios.Desde lo político, si existe alguna influencia, es positiva. En un año electoral, la política quiere mostrar logros a favor de la gente y para eso el sistema de defensa de los derechos de los consumidores es una herramienta central para tales objetivos.
¿Por qué hay aún municipalidades sin Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), como por ejemplo Tigre?
Existen 75 OMIC más la Dirección Provincial de Comercio que atiende aquellos reclamos de Municipios donde no las hay, o que, directamente, se presentan en la Dirección.
Más del 90% de la población de la provincia tiene una OMICs cerca de su domicilio. El resto de los municipios, con algunas excepciones, tienen menos de 30.000 habitantes.Para aquellos que aún hoy no la han creado pienso que existe cierto desconocimiento. Es importante comprender que los buenos comerciantes o los empresarios no pueden ser perjudicados por estas normas, al contrario son protegidos, y los consumidores tienen una herramienta para defender sus derechos.
En el caso de Tigre creemos que la impronta del Intendente Ubieto era la principal traba para que se constituyera la OMIC, atento su lamentable fallecimiento, creemos que el próximo Intendente será quien inaugure la Oficina.También debemos decir que la población tampoco ejerce la suficiente presión social para que los Intendentes simplemente designen a los funcionarios que deben velar por los derechos de los consumidores y usuarios.
¿Cómo trabajan para intentar modificar de fondo problemáticas, como por ejemplo, lo relacionado a servicios públicos?
Como Autoridad de Aplicación actuamos de oficio. El año pasado, se requirió contratos de adhesiones y prestaciones a 48 empresas de Medicina Prepaga, 10 empresas Administradoras de Planes de Ahorro y a 3 empresas de Servicios de TV por Cable, para su revisión-.Asimismo, realizamos inspecciones conjuntas con los Municipios por la problemática de las Viviendas Prefabricadas y requerimos los contratos para su análisis.Con relación a los servicios públicos la temática es mas compleja y difícil porque existen otros organismos que controlan a las empresas y que tienen competencias mas especificas. A pesar de ello realizamos acciones individuales y generales, si notamos una flagrante violación de los contratos.
Ranking de quejas la Provincia de Buenos AIres
La línea gratuita recibió más de 19.500 consultas de toda la Provincia durante 2006.
- Telefonía fija (3205) y celular (2183)
- Comercios minoristas (3035).- Internet (632),
- electricidad (614),
- TV por cable (549)
- servicios sanitarios (543)
- Medicina prepaga (512),
- Tarjetas de crédito (484)
- Planes de ahorro (150), entre otros rubros.
Penalización
La Dirección Provincial impuso un total de $850.000 pesos en multas por infracción a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, en el período 2005 / 06, mientras que en el mismo lapso estableció multas por $ 3.830.000 de pesos a infractores de la Ley Nacional de Lealtad Comercial, que regula la obligatoriedad de exhibir precios y la publicidad engañosa, entre otros temas sensibles a los derechos relacionados al consumo.
Defensa del Consumidor de la Provincia de Bs As
Consultas y denuncias:

Tel: 0800 222 9042 (Lun a Vie, de 9 a 18), consumidor@mp.gba.gov.arSitio oficial www.consumocuidado.gba.gov.ar - accesible también para no videntes y disminuidos visuales.También pueden dirigirse a la OMIC de su localidad o zona de residencia.

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jueves, 15 de marzo de 2007

DÍA MUNDIAL DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDR


El 15 de marzo se celebra el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores.
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MITOS Y VERDADES
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Aprovechamos esta oportunidad para desmitificar algunos conceptos errados sobre la Defensa del Consumidor:
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- “Si tengo algún problema llamo al 0800 de la Defensoría y hago una denuncia”.
Las denuncias sólo pueden hacerse personalmente. En el 0800 sólo se hacen consultas. En la Provincia de Bs As también pueden hacerse por correo mandando la documentación probatoria.
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- “Si encuentro una mosca en un yogurt, les hago una denuncia y les pido plata”
La ley de Defensa del Consumidor no prevé indemnizaciones. Por lo que sólo conseguirás otro yogurt (esta vez sin la mosca). Podrás obtener una ganancia si en las conciliaciones llegás a un acuerdo con la empresa o si hubo un daño y hacés (y ganás) un juicio.
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- “Si la ley me da la razón, hago una denuncia y seguro se resuelve en el momento”.
Ninguna denuncia se resuelve al instante, salvo que esté en juego una vida (Por ejemplo: en el caso de que una obra social no quiera cubrir algo de suma urgencia). Para el resto, la solución puede tardar días (en los mejores casos), semanas y hasta meses.
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LOS PROBLEMAS PENDIENTES
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Consultamos a representantes de diferentes asociaciones y les preguntamos por el problema más grave que vivimos los consumidores hoy en día.
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Pedro Bussetti (DEUCO):“El problema más grave es la falta de tutela efectiva de los derechos de los consumidores. La gente está desamparada. Algunos ejemplos: los ciudadanos más pobres son los que más pagan de luz porque deben nutrirse de la luz de obra por no poder pagar un electricista matriculado para realizar la habilitación requerida. Otro ejemplo, son las altas tasas de interés de entidades financieras no bancarias”.
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Dr. Osvaldo Riopedre (ADECUA):“El incumplimiento sistemático de la ley 24.240 por parte de empresarios, productores y el mismo Estado. Ejemplos: Garantías, ley de redondeo, falta de cumplimiento de las normas en los prospectos, celulares y prepagas”.
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Dr. Ricardo Nasio (PROCONSUMER)“La falta de acceso al consumo de miles de ciudadanos. Además de los altos costos y falta de regulación de la medicina prepaga, entre muchos otros ejemplos”.
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Lic. Américo García (UNIÓN DE USUARIOS):“La Falta de información en distintos bienes y servicios, así como también la información capciosa para atraer al consumidor. Ejemplos: celulares, créditos, medicina prepaga, etc.”
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Dr. Alejandro Groglio (ADECODIS Asoc. en Defensa del Consumidor Discapacitado):“Las barreras arquitectónicas y la falta de entrega de los certificados de discapacidad que son necesarios para las obras sociales, el transporte público gratuito, autos , puestos de trabajo (la ley marca un cupo obligatorio), etc.”

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domingo, 11 de marzo de 2007

COLECTIVOS: DERECHOS vs REALIDAD

“Cualquier similitud con la realidad es pura coincidencia”.
Con la leyenda que empiezan los programas de ficción voy a describir las normas que rigen sobre los colectivos urbanos, y que, lamentablemente, muchas veces no se cumplen.
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- Ascender y descender del vehículo en todas las esquinas los días de lluvia.

- Ascender y descender del vehículo en todas las esquinas entre las 22:00 y las 6:00 horas.

- Cumplir con la frecuencia establecida en horarios nocturnos para los servicios troncales. De 22:00 a 24:00 un servicio cada 15 minutos y de 00:00 a 4:00 un servicio cada 30 minutos.

- Respetar el nivel permitido de emisión de gases contaminantes y/o ruidos.

- Recibir los reclamos del usuario a través de una línea telefónica de cobro revertido cuyo número debe ser exhibido en el exterior e interior de los vehículos y responder por escrito en un plazo de treinta días de haberse recibido.
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Una vez realizado el reclamo en la empresa, y de no obtener respuesta satisfactoria, podés quejarte en la Comisión Nacional de Transporte Automotor (CNRT) a través de la línea telefónica gratuita 0800-333-0300 http://www.cnrt.gov.ar/
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Si viajás en colectivo me gustaría saber tu comentario.
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Si alguna vez hiciste una queja en la CNRT quisiera conocer si obtuviste una respuesta satisfactoria.
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Pases, franquicias y tarifas especiales
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- El certificado de discapacidad: para acceder al derecho de gratuidad.- No videntes: podrán viajar en los vehículos de transporte públicos acompañados de un perro guía, previa autorización que extenderá la Secretaría de Transporte.
- Estudiantes: que concurren a escuelas estatales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Preescolar, ciclo primario y el 1º y 2º año) o a la EGB de las escuelas estatales de la Provincia de Buenos Aires (Preescolar y de 1º a 9º grado) abonan una tarifa diferencial de $ 0.05.- cualquiera sea el trayecto que medie hasta el establecimiento educacional al que concurren. En los trayectos con origen y destino en la provincia de Buenos Aires dicha tarifa es de $ 0.10.
-Ante cualquier consulta comunicate al teléfono gratuito de las empresas que figura en el interior de los vehículos. Los estudiantes secundarios de establecimientos públicos o privados con subvención estatal o de polimodal y terciarios no universitarios pueden tramitar la credencial para obtener un boleto diferencial de un valor correspondiente al 50% del valor del boleto mínimo de las líneas de autotransporte público colectivo de jurisdicción nacional. Están habilitados para realizar viajes de lunes a viernes y sábados hasta las 14 horas, siempre que en ella conste el horario de concurrencia a las actividades. Para saber como obtener este beneficio comunicate con la Empresa de transporte.

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martes, 6 de marzo de 2007

MEDIDA CAUTELAR CONTRA CABLEVISIÓN


la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Nación dictó una medida cautelar (expediente S01: 0035558/07) para que la empresa Cablevisión desista de la “venta compulsiva” de la revista Miradas.
La denuncia fue realizada por la asociación Proconsumer.
Por su parte, la empresa Cablevisión aún no informó si reintegrará el dinero a quienes no querían la revista pero no pudieron comunicarse para dar la negativa, y si desistirá de continuar con esta práctica de venta.
En el caso que la empresa no acate la medida, deberá intervenir la justicia.
Recordemos que en el mes de enero, los usuarios recibieron la revista Miradas de forma gratuita y mediante una carta se les anunció que en febrero tendría un valor de $3,5. De no querer la revista, eran los abonados quienes debían comunicarse con la empresa para informar que no deseaban recibir la publicación.
Esta práctica, llamada “venta compulsiva” está penada en el artículo 35 de la ley 24.240 de 1994.

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domingo, 18 de febrero de 2007

LOS ELECTRODOMÉSTICOS Y LAS GARANTÍAS


Cuando un electrodoméstico deja de funcionar nos acordamos de la garantía.
Pero: ¿cuánto duran y a quién debo reclamar?
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Lo primero que hay que saber es que:
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Todos los electrodomésticos comprados en cualquier comercio de todo el país tienen una garantía legal de 3 meses.
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La garantía legal cubre el servicio técnico y los repuestos nuevos. Además del flete y seguros para el traslado al servicio técnico.
El tiempo que dure la reparación deberá agregarse a la duración de la garantía original. Esto quiere decir que si estuvo en el servicio técnico 10 días, la garantía legal durará 3 meses y 10 días.
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Recordá que:
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Siempre hay que conservar la factura y el certificado de garantía.
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El servicio técnico debe entregarte un certificado de reparación donde debe constar: Qué fue lo que se reparó, las piezas reemplazadas o reparadas, la fecha en que le entregaste el electrodoméstico, y la fecha de la devolución.
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En el caso de que una vez arreglado no haya quedado en condiciones óptimas para su funcionamiento, podés pedir que:
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- Te cambien el producto por uno similar- Pedir la devolución del dinero
- Obtener una quita proporcional del precio para comprar otro producto
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Si la garantía dura más de 3 meses no olvides que:
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Los primeros 3 meses es la garantía legal con todos los derechos explicados anteriormente. El resto del tiempo que ofrece el certificado de garantía puede o no tener la misma cobertura. Esto depende de lo que diga el contrato.
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Las “garantía extendida” son las extensiones que pagamos aparte. Generalmente, es un seguro de garantía.
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Por lo que ante algún inconveniente, además del servicio técnico y del comercio, estará involucrada una empresa aseguradora a la que habrá que reclamar. Al igual que en el caso anterior, hay que tener en cuenta que esta garantía puede o no incluir los repuestos y fletes; y el cambio por un producto nuevo en caso de no estar conforme con el arreglo (según lo que diga en el contrato).
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Si comprás un producto de “segunda selección”, sus defectos deben ser informados en el momento de la compra y no tendrán relamo posterior.
Pero todo lo que no hubiera sido informado al momento de la compra está cubierto con la garantía legal.
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Para tener en cuenta:
Los productos comprados a particulares no están dentro de la ley de Defensa del Consumidor, por lo tanto, no tienen la garantía legal.(Para reclamos deberá consultar a un abogado).
Si el vendedor te dice que ellos no son responsables de la garantía debes tener en cuenta que:
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La ley de Defensa del Consumidor establece que el productor, importador, distribuidor y vendedor son solidariamente responsables por el producto.
Por lo tanto:¡No aceptes ninguna excusa!
Subsecretaría de Defensa del Consumidor 0800 666 1518

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sábado, 17 de febrero de 2007

COMPRAS POR TEL E INTERNET


Muchas veces las cosas no son lo que parecen. Y si compramos algo en la web o por teléfono, podemos encontrarnos con algo diferente a lo que pensábamos que era.Por eso la ley de defensa del consumidor establece que:
El consumidor que realice una compra domiciliaria por teléfono, correo y comercio electrónico (en una empresa argentina) tiene 5 días corridos para arrepentirse.
Para hacer uso de este derecho, el producto no tiene que estar usado y debe encontrarse en el mismo estado que lo recibimos.
¿Cómo hacer para devolverlo?
Lo ideal es mandar una carta documento a la empresa vendedora. En caso que decidas revocar la compra por teléfono pedile al operador un número de operación.
Recordá que los gastos de devolución corren por cuenta de la empresa vendedora.
¿Y las compras de productos en el exterior?
La ley de Defensa del Consumidor es sólo para nuestro país. Lo que comprás por Internet o teléfono en empresas de otros países van a regirse por la ley de su lugar de residencia.

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viernes, 16 de febrero de 2007

PUBLICIDAD Y CONCURSOS

Todo lo que se prometa en una publicidad debe cumplirse.
Parece obvio, pero no lo es. Por lo tanto, si considerás que te vendieron un producto que no cumple con lo que te prometieron en el aviso, podés realizar un reclamo ya sea en la empresa como en los organismos de Defensa del Consumidor.
Además, la ley de defensa del Consumidor dice que:
Todas las ofertas deben contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones.
Si la publicidad dice “hasta agotar stock” se deberá informar la cantidad de unidades de las que se disponen.
Si vas a participar de un concurso recordá que:Podés participar de un concurso aunque no compres el producto.
Por eso, las empresas deben entregar de forma gratuita el elemento requerido para la participación en al menos un local de cada ciudad donde se lleve a cabo la promoción, durante 4 horas continuas. Esto debe ser informado en todos sus locales. (Decreto 1153/97).

Ante cualquier duda consultá a la Subsecretaría de Defensa del consumidor: 0800 666 1518

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