sábado, 18 de noviembre de 2006

ESTACIONAMIENTOS


¿Alguna vez fuiste protagonista de algunas de estas situaciones en un estacionamiento?
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- Dejaste el auto por 15 minutos para hacer un trámite breve. Cuando volviste te cobraron la hora entera.
- Perdiste el ticket y tuviste que pagar la estadía completa.
- Te robaron algo de tu auto y el encargado te mostró un cartel que decía que ellos no son responsables por ningún tipo de robo en los automóviles.
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La Ciudad de Buenos Aires tiene un ley específica para los estacionamientos (ley 1752/05).
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Quiero destacarte alguno de sus artículos:
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- En el artículo 3 se informa que si el tiempo de ocupación fuere inferior a la primera media hora, se cobrará la mitad de la tarifa establecida para una hora de estacionamiento.
- En el nº 5 se explica que cuando el usuario pierde el ticket o talón no debe pagar la estadía completa. Sino que. el responsable del lugar, está obligado a consultar sus registros y cobrarle sólo el tiempo que corresponda.
- En el artículo 7 se indica que deberá exhibirse en algún lugar visible el teléfono de denuncia gratuito de la autoridad de aplicación de la ley.
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Para tener en cuenta:
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- Los carteles que desligan la responsabilidad en caso de robos, hurtos o daños, son considerados abusivos y por lo tanto no tienen ninguna validez.
- Deben permitir el ingreso de motocicletas y bicicletas.
- En los estacionamientos gratis como por ejemplo: cines, supermercados o shoppings también el usuario tiene derechos. Por lo tanto, los propietarios del lugar son responsables por lo que le pase a vos y a tu auto. (Aunque el reclamo no va a ser fácil y vas a necesitar de un abogado).
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Si tenés alguna duda podés llamar a:
Subsecretaría de Defensa del Consumidor: 0800 666 1518.