lunes, 18 de diciembre de 2006

TARJETAS DE CRÉDITO

Estos son las quejas más comunes en relación a las tarjetas de crédito:
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- Intereses elevados
- Compras inexistentes
- débitos por duplicado de la misma compra
- Cobro de seguros y gastos no pactados en el contrato inicial
- Envío de tarjetas que no fueron solicitadas
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Intereses elevados:
El Banco Central pone todos los meses un tope de interés para las tarjetas. Por eso, si creés que es desmedido, acercate a una sucursal y averiguá si lo que te cobraron es correcto.No todos los bancos cobran los mismos intereses.
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Compras inexistentes o débitos por duplicado:
Si te llega una compra de un comercio al que nunca fuiste, un gasto que no realizaste, o te cobraron dos veces la misma remera tenés que:
- Reclamar en el banco dentro de los 30 días.
- Si la queja la realizás por teléfono pedir el número de reclamo.
- El banco te puede exigir el pago del mínimo por los rubros no cuestionados de la liquidación. El pago (ya sea el mínimo o total) no implica tu consentimiento.
- Mientras dure el procedimiento de impugnación, no podrán impedirte ni dificultar de ninguna manera el uso de la tarjeta.Es el banco el que debe investigar y probar que el gasto existió. Por eso, es el banco el que va a tener que conseguir el cupón y demostrar que es tu firma.Cobros de seguros no pactados en el contratoNo te pueden cobrar ningún seguro no pactado en el contrato inicial. Por ese motivo, no puede aparecer un día, de la nada, un seguro de vida que no solicitaste.
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Envío de tarjetas no requeridas:
Nadie puede enviarte una tarjeta de crédito que no solicitaste y empezarte a cobrar gastos. Tampoco te pueden obligar a que seas vos el que se preocupe por devolverla o llamar para decir que no la querés.Nadie puede obligarte a comprar nada que no hayas pedido.
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Por último:El titular siempre puede dar de baja la tarjeta de crédito.
Si existe una deuda podrá se abonada luego de cancelado el contrato.
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Nadie puede cobrarte intereses si pagás con tarjeta de crédito en una cuota. (Tampoco pueden argumentar que hay descuento por efectivo).
Debe haber un precio de lista que no puede efectuar diferencias entre operaciones al contado y con tarjeta en una cuota.
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Las entidades bancarias tienen prohibido informar a las "bases de datos de antecedentes financieros personales" cuando el titular no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en mora o en etapa de refinanciación. Sin perjuicio de la obligación de informar lo que correspondiere al Banco Central de la República Argentina.
Si se pactó la renovación automática, podrás dejarla sin efecto comunicando tu decisión con 30 días de antelación. P
ara eso el banco deberá notificarte en los 3 últimos resúmenes anteriores al vencimiento del contrato la fecha en que se renovará auntomaticamente.
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Toda esta información corresponde a la Ley 25.065 de 1999.
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Por dudas y quejas comunicate a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor0800 666 1518Julio A. Roca 651. Ciudad de Buenos Aires.