Por lo tanto, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Bs As publicó el día 29 de mayo la resolución nº 30/07
Recordemos que la Ley Nacional N° 24.449 mediante el art. 54 estableció que el "Entre las 22 y 6 horas del día siguiente y durante tormenta o lluvia, el ascenso y descenso debe hacerse antes de la encrucijada que el pasajero requiera, aunque no coincida con parada establecida. De igual beneficio gozarán permanentemente las personas con movilidad reducida (embarazadas, discapacitadas, etc.), que además tendrán preferencia para el uso de asientos".
domingo, 3 de junio de 2007
PRIMICIA: Habrá carteles en los colectivos con info para los usuarios
Una encuesta realizada por Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires estableció que :
"El 62% de los porteños ignora su derecho a pedir la detención del transporte urbano en cualquier esquina entre las 22 y las 6 hs, mientras que un 40% de los mismos no sabe que también puede utilizar esa opción los días de lluvia".
que establece que: “Se proporcionará a todas las líneas de colectivos que circulen en la ciudad un cartel informativo de los derechos de los usuarios;Que, esos carteles deberán ser exhibidos en todas las unidades del parque móvil afectadas al transporte público de pasajeros de carácter urbano y suburbano que desarrollen la totalidad o parte de su recorrido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Publicadas por Daniela Hacker a la/s 11:04 p. m.
Etiquetas: TRANSPORTE